Micelio

Artículo 1

Aprobar En Todas Sus Partes El Acuerdo Número 024 Del 6 De Septiembre De 1984, Emanado Del Consejo Nacional De Los Seguros Sociales Obligatorios, Y Cuyo Texto Es El Siguiente: « Acuerdo Numero 024 De 1984 (Septiembre 6) Por El Cual Se Aprueba El Proyecto De Extensión Del Seguro Médico Familiar En La Ciudad De Neiva Y La Plata - Seccional Huila

Decreto 2488 de 1984 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 024, emanado del Consejo Nacional de los Seguros Sociales Obligatorios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Aprobar en todas sus partes el Acuerdo número 024 del 6 de septiembre de 1984, emanado del Consejo Nacional de los Seguros Sociales Obligatorios, y cuyo texto es el siguiente: « ACUERDO NUMERO 024 DE 1984 (septiembre 6) por el cual se aprueba el proyecto de extensión del Seguro Médico Familiar en la ciudad de Neiva y La Plata - Seccional Huila. El Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere el literal b) del artículo 43 del Decreto-ley 1650 de 1977, y CONSIDERANDO: Que el Instituto de Seguros Sociales, teniendo en cuenta la capacidad de los servicios, las posibilidades financieras, el grado de necesidades, el mejor empleo de los recursos y la conformidad con los planes y programas de desarrollo económico y social del Gobierno Nacional en el área geográfica de la ciudad de Neiva y La Plata - Seccional Huila, ha considerado indespensable la extensión de la cobertura de los Seguros Sociales en beneficio de los trabajadores y de sus familias; Que una vez realizados los estudios de factibilidad se ha encontrado que es posible la extensión de los servicios del Seguro Social a los trabajadores y a sus familias; Que la Superintendencia de Seguros de Salud ha conceptuado favorablemente sobre la extensión de la cobertura de los servicios de salud de esta región; Que el proyecto de extensión fue debidamente aprobado por la Junta Administradora del ISS, mediante Acuerdo número 310 de fecha 19 de julio de 1984, ACUERDA: Artículo primero . Aprobar el proyecto de extensión de cobertura de los Seguros de Salud, mediante él sistema de medicina familiar a las familias de los trabajadores, dentro del área geográfica de la ciudad de Neiva y La Plata - Seccional Huila. Artículo segundo . La Dirección General del Instituto de Seguros Sociales tomará las medidas de carácter técnicoadministrativas que se requieran para la aplicación de lo dispuesto en el presente Acuerdo, según las disposiciones legales y reglamentarias. Artículo tercero . En cumplimiento del Decreto-ley 1650 de 1977 el presente Acuerdo requiere para su validez la aprobación del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase Dado en 'Bogotá, D. E., a los seis (6) días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro (1984). El Presidente, Martha Fernández de Soto. El Secretario ad-hoc, Gustavo E. Avila Heredia».

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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