Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Obras Publicas

Decreto 2017 de 1940 · Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. Capítulo 78: Del artículo 1809. Para gastos de conservación del canal navegable del río .Sinú y en las bocas del misino 565.75 Del artículo 1311. Para gastos de conservación de las obras de Bocas de Ceniza y Terminal de Barranquilla. $ 4.303.35 Capítulo 84: Del artículo 1432. Para la carretera Cartagena-Carmen-Corozal (contrato de 12 de abril de 1938) 20.000.00 Capítulo 83: Al artículo 13(53. Para la carretera Sogamoso-Casanare 10.000.00 Al artículo 1376- Para la carretera Altamira-San Agustín-La Cruz 10.000.00 Capítulo 91: Al artículo 1501. Para el pago de cuentas de vigencias anteriores 4.869.10 Sumas iguales $ 24.869.10 24.869.10

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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