°. El artículo 16 del Decreto número 1016 de 2013, quedará así: " Artículo 16. A partir del 1° de septiembre de 2013, la asignación básica mensual para los empleos de la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, cuya denominación del cargo no esté señalada en los artículos anteriores se regirá por la siguiente escala: GRADO ASIGNACIÓN MENSUAL GRADO ASIGNACIÓN MENSUAL 1 756.190 14 3.126.423 2 938.354 15 3.217.306 3 1.112.868 16 3.526.262 4 1.457.135 17 4.189.729 5 1.534.634 18 4.504.717 6 1.614.187 19 4.858.044 7 1.781.777 20 5.255.766 8 1.953.556 21 5.673.850 9 2.131.890 22 6.105.480 10 2.319.148 23 6.558.735 11 2.533.147 24 7.407.671 12 2.729.905 25 8.486.448 13 2.958.140
Los funcionarios y empleados del Ministerio Público cuyos empleos se encuentran comprendidos entre los Grados 3 y 22, que no optaron por el régimen establecido en los Decretos números 54 de 1993 y 107 de 1994 tendrán derecho, a partir del 1° de septiembre de 2013, a un reajuste de la remuneración mensual que por concepto de asignación básica y gastos de representación venían percibiendo a 31 de agosto de 2013, del dos punto cinco por ciento (2.5%). Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente".