Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1º De Enero De 1983, Establécense Las Siguientes Escalas De Remuneración Mensual Para Los Distintos Niveles En Que Se Clasifican Los Empleos Del Departamento Nacional De Planeación

Decreto 271 de 1983 · Por el cual se establecen las escalas de remuneración del Departamento Nacional de Planeación y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A partir del 1º de enero de 1983, establécense las siguientes escalas de remuneración mensual para los distintos niveles en que se clasifican los empleos del Departamento Nacional de Planeación. ESCALA DEL NIVEL DIRECTIVO Grado Asignación Básica Gastos de Representación Total 01 55.850 55.850 111.700 02 62.575 62.575 125.150 03 49.900 88.700 138.600 ESCALA DEL NIVEL EJECUTIVO Grado Asignación Básica 01 53.850 02 57.600 03 66.300 04 69.050 05 71.750 06 77.500 07 85.900 08 91.700 ESCALA DEL NIVEL PROFESIONAL Grado Asignación Básica 01 34.950 02 40.950 03 46.400 04 55.050 05 60.600 06 66.300 07 71.750 08 77.500 ESCALA DEL NIVEL TENICO Grado Asignación Básica 01 16.250 02 20.800 03 23.500 04 25.050 05 26.400 06 33.500 ESCALA DEL NIVEL ADMINISTRATIVO Grado Asignación Básica 01 12.500 02 16.250 03 18.600 04 20.050 05 22.250 06 23.500 07 25.050 08 26.400 09 28.000 10 29.200 11 34.950 ESCALA DEL NIVEL OPERATIVO Grado Asignación Básica 01 10.650 02 13.750 03 16.250 04 17.900 05 19.350 06 22.250

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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