Micelio

Artículo 8

Secretaría Técnica

Decreto 2145 de 2017 · Por el cual se adopta el Plan de Revisión, Evaluación y Seguimiento de los programas y leyes que favorecen a las mujeres rurales y se crea el Comité Interinstitucional de seguimiento al Plan.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Secretaría Técnica. La Secretaría Técnica del Comité Interinstitucional estará a cargo de la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, y tendrá las siguientes funciones

1.

Convocar a las reuniones.

2.

Elaborar las propuestas relacionadas con el Plan de Revisión, Evaluación y Se­guimiento a los Programas y Leyes que favorecen a las mujeres rurales, con el apoyo del Comité Operativo.

3.

Realizar las funciones de relatoría y conservación de los documentos generados por el Comité Interinstitucional y el Comité Operativo.

4.

Realizar seguimiento a las recomendaciones que surjan del Comité Interinsti­tucional y al cumplimiento de las tareas asignadas por el mismo a las distintas entidades que lo conforman, conjuntamente con el Comité Operativo.

5.

Divulgar los documentos técnicos generados por el Comité Interinstitucional y el Comité Operativo.

6.

Elaborar conjuntamente con el Comité Operativo el informe anual de seguimien­to de la Ley 731 de 2002, y de las políticas, los planes, los programas y los pro­yectos que favorezcan a las mujeres rurales.

7.

Firmar las actas de cada sesión que realice el Comité Interinstitucional

8.

Las demás que le asigne el Comité Interinstitucional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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