Micelio

Artículo 18

Decreto 1763 de 2003 · por el cual se adiciona el artículo 5º del Decreto 1044 de 2000, modificado por el artículo 4º del Decreto 1266 de 2001, y se reglamenta parcialmente la Ley 549 de 1999.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División Financiera . Son fundones de la División Financiera de la Unidad Hospitalaria, las siguientes

1.

Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos sobre administración contable, financiera y control de costos.

2.

Coordinar la elaboración del presupuesto y el control de su ejecución.

3.

Coordinar y responder por las actividades de tesorería, contabilidad y presupuesto de la Unidad Hospitalaria.

4.

Realizar y responder por el proceso de facturación, controlar el cobro de los servicios médicos, los copagos, cuotas moderadoras y recobros en la Unidad Hospitalaria.

5.

Coordinar la presentación de cuentas con las Entidades Promotoras de Salud, y demás responsables de pago.

6.

Coordinar el proceso de cuentas por pagar de acuerdo a las directrices de la empresa.

7.

Controlar y evaluar el manejo de caja de acuerdo con las directrices establecidas por la empresa.

8.

Tramitar los Certificados de Disponibilidad Presupuestal y de vigencias futuras con cargo al Presupuesto de la Unidad Hospitalaria, de acuerdo con las solicitudes presentadas por el funcionario competente de las diferentes dependencias.

9.

Custodiar los títulos valores de la Unidad Hospitalaria.

10.

Rendir los informes de ejecución presupuestal y demás de carácter financiero solicitados por la Unidad, la empresa y los organismos de control.

11.

Establecer los mecanismos de control interno, financiero y fiscal para las diferentes dependencias que conforman la Subdirección Administrativa, y velar por su cumplimiento.

12.

Las demás que le sean asignadas de conformidad con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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