Ordenación . de gastos . La afectación sobre las apropiaciones para gastos estará a cargo del gobernador como ordenador principal, quien podrá delegar esta función en los Secretarios del Despacho y Jefes de Departamento Administrativo, en el ámbito de las respectivas competencias, de acuerdo con Ias normas vigentes y las necesidades del servicio. El ejercicio de esta función se hará con la sujeción previa a los registros presupuestales, que le competen a la Secretaría de Hacienda.
Decreto 2407 de 1981 →Vigente
Artículo 75
Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.