Coordinación en el ejercicio del control. Para los fines previstos en este capítulo, el Instituto Colombiano del Deporte - Coldeportes deberá remitir a la Superintendencia de Sociedades copia de los actos administrativos mediante los cuales otorgue, suspenda o cancele la personería jurídica de los clubes con deportistas profesionales, dentro de los quince (15) días simientes a la correspondiente ejecutoria. Igualmente suministrará los datos relativos a los requisitos cumplidos por el organismo deportivo para su funcionamiento. En el caso de que dichos organismos se constituyan como sociedades anónimas, los actos administrativos que deberán remitirse serán los relacionados con el reconocimiento deportivo.
Decreto 776 de 1996 →Vigente
Artículo 23
Coordinación En El Ejercicio Del Control
Decreto 776 de 1996 · Por el cual se dictan normas para el funcionamiento de los clubes deportivos profesionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.