º Las operaciones realizadas por la FEN en su condición de entidad de redescuento se continuarán rigiendo por el literal a) del numeral 4º del artículo 261 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Decreto 1806 de 1994 →Vigente
Artículo 2
º Las Operaciones Realizadas Por La Fen En Su Condición De Entidad De Redescuento Se Continuarán Rigiendo Por El Literal A) Del Numeral 4º Del Artículo 261 Del Estatuto Orgánico Del Sistema Financiero
Decreto 1806 de 1994 · por el cual se dictan normas sobre límites de crédito
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.