Micelio

Artículo 1

Gobierno Ejecutivo. Bogotá, 21 De Octubre De 1896

Ley 42 de 1896 · por la cual se concede una autorización al Gobierno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único . Autorízase al Gobierno para prorrogar hasta por dos años más, si lo juzgare conveniente, el plazo concedido al Banco del Estado, en el Departamento del Cauca, para recoger la cantidad que de sus propios billetes tiene aún en circulación.

Autorízase igualmente al Gobierno para que prorrogue hasta por dos años, el termino otorgado á Bancos particulares de la República para recoger sus billetes que estén en circulación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 42 de 1896