Cuando el Gobierno Nacional decida promocionar, organizar y financiar, a través de la Corporación Financiera de Fomento Agropecuario y de Exportaciones COFIAGRO S.A., empresas o actividades de la naturaleza señalada en el artículo anterior, proveerá en cada caso los recursos necesarios de acuerdo a la modalidad de la respectiva operación. Con este fin queda facultado, de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes, así como para contratar empréstitos internos y externos.
Decreto 133 de 1976 →Vigente
Artículo 55
Cuando El Gobierno Nacional Decida Promocionar, Organizar Y Financiar, A Través De La Corporación Financiera De Fomento Agropecuario Y De Exportaciones Cofiagro S
Decreto 133 de 1976 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.