La República declara que cada uno de los ciudadanos que forman el Ejército del sur es acreedor a la gratitud de la patria, por el abnegado patriotismo i el heroico valor con que se ha comportado en la presente guerra civil.
Ley 68 de 1877 →Vigente
Artículo 1
Ley 68 de 1877 · Sobre honores a los ciudadanos armados del Ejército del Sur
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.