Micelio

Artículo 17

Decreto 1193 de 1976 · Por el cual se reglamenta la Ley 48 de 1946

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo diecisiete. Cuando se proceda en virtud de queja, el auto que la admita será notificado al presunto infractor, de acuerdo con lo señalado en el Decreto 2733 de 1959.

Parágrafo

La queja deberá ser presentada personalmente y por es­crito en la Superintendencia de Industria y Comercio - División de Cámaras de Comercio y Profesiones Comerciales-.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1193 de 1976