Micelio

Artículo 2

Ley 107 de 1936 · Por la cual se provee al mejoramiento económico de las tierras, y se dan unas autorizaciones al Gobierno

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si verificados los correspondientes estudios técnicos, el Gobierno Nacional encontraré comercial y socialmente favorable el establecimiento de riego o desecación en determinadas zonas, podrá entrar a ejecutar las obras necesarias, ya sea por medio de contratos o por administración directa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 107 de 1936