ARTICULO 25º. DISTRIBUCION DE COMISIONES. Las Comisiones que reciba el Tribunal para la práctica de diligencias, se distribuirán entre las distintas Secciones, conforme a la naturaleza del asunto. El Presidente de cada Sección hará el reparto por sorteo, entre los Magistrados que la integran.
Decreto 2288 de 1989 →Vigente
Artículo 25
Distribucion De Comisiones
Decreto 2288 de 1989 · por el cual se dictan disposiciones relacionadas con la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.