La sentencia principiará con la palabra vistos, y contendrá una parte expositiva, otra parte motiva en que se funde la responsabilidad o inocencia del acusado, y otra resolutiva en que bajo la fórmula administrando justicia e!1 nombre de la República y por autoridad de la ley, se condene o se absuelva al procesado de acuerdo con las re. Soluciones del Consejo, señalando en el primer caso con toda claridad, el delito cometido y el grado en que se califique, si hubiere lugar a ello, aplicando las penas correspondientes Con arreglo a las leyes, y señalando el lugar donde deberá sufrir la condena.
Este fallo será firmado, con firma entera, por todos los Vocales, aun por los que estén en minoría, comenzando por el Presidente, con expresión del grado, y siguiendo los demás por orden jerárquico de superior a inferior, firmando también el Auditor y el Secretario. Los Vocales que hayan votado en desacuerdo con la sentencia podrán salvar sus votos.
Los Votos salvados no aparejan responsabilidad.