El Instituto Geográfico Militar y Catastral suministrará al Ingeniero Jefe encargado de un deslinde la documentación siguiente
Un fotomosaico de la región donde vaya a hacer el deslinde a escala aproximada de 1:5.000 o 1:10.000;
Todos los textos legales u otros que existan sobre el límite en cuestión;
Un croquis con las indicaciones relativas a posibles correcciones del trazado de acuerdo con los principios del artículo 12.
Los representantes legales estarán obligados igualmente a procurarse todas las informaciones y datos relativos a su misión, con el objeto de prestar una efectiva ayuda al Ingeniero Catastral y facilitar en la medida de lo posible un trazado directo sobre el terreno.