Micelio

Artículo 11

, Se Aplicará La Pena Correspondiente, Aumentada No Ya Con La Tercera Parte, Sino Con Toda La Pena Impuesta Anteriormente

Decreto 635 de 1886 · Sobre libertad de imprenta, y juicios que se siguen por los abusos de la misma

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 11. Cuando la reincidencia se refiera á la violación del Artículo 4°, se aplicará la pena correspondiente, aumentada no ya con la tercera parte, sino con toda la pena impuesta anteriormente. También podrá imponerse, además, la pena de confinamiento de un Departamento á otro, por el término de un mes á un año.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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