Todo auto o sentencia se notificará personalmente al procesado que estuviere detenido. Si éste no estuviere detenido y no concurriere oportunamente a la Secretaría los autos se notificarán por estado y las sentencias por edicto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.