Micelio

Artículo 5

Vigencia

Decreto 313 de 1994 · por el cual se reglamenta la Ley 80 de 1993

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 4 de febrero de 1994. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Desarrollo Económico, Mauricio Cárdenas Santa María . El Viceministro de Comercio Exterior, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio Exterior, Juan Jose Echavarría Soto .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 313 de 1994