Micelio

Artículo 1

º

Decreto 693 de 1999 · por el cual se determinan los procedimientos necesarios para la certificación de la nacionalidad de las obras cinematográficas colombianas y los porcentajes de participación artística y técnica nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para todos los efectos, corresponde al Ministerio de Cultura reconocer el carácter de producto nacional de las obras cinematográficas de largo y cortometraje. Las obras cinematográficas realizadas en producción o coproducción que reúnan los requisitos establecidos para ser consideradas como nacionales, tendrán derecho a recibir los mismos beneficios y estímulos en la forma dispuesta por las normas vigentes. El Ministerio de Cultura fijará los requisitos formales y la documentación que deberán aportar las personas naturales o jurídicas que soliciten la certificación de nacionalidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 693 de 1999