°. Modificación del artículo 2.2.2.46.1.2. del Decreto número 1074 de 2015. Modifíquese el artículo 2.2.2.46.1.2. del Decreto número 1074 de 2015, Decreto Único del Sector Comercio, Industria y Turismo, el cual quedará así: “Artículo 2.2.2.46.1.2. Derechos por registro de matrícula o renovación de establecimientos, sucursales y agencias. Los derechos por registro de matrícula o renovación de establecimientos de comercio, sucursales y agencias, se liquidarán en Unidades de Valor Básico (UVB), aplicando tarifas diferenciales, que tomarán como base la cantidad de activos ordinarios con los que la empresa matriz, y el domicilio en el que se encuentre registrado, atendiendo las siguientes reglas y conforme la tabla que abajo se relaciona. Cuando el establecimiento de comercio, sucursal o agencia se encuentre localizada dentro de la misma jurisdicción de la Cámara de Comercio del domicilio principal del comerciante, la tarifa que se aplicará será conforme se indica en la columna (Misma) de la tabla. Cuando el establecimiento de comercio, sucursal o agencia se encuentre localizada fuera de la jurisdicción de la Cámara de Comercio del domicilio principal del comerciante, se causará conforme se indica en la columna (Diferente) de la tabla. Tabla. Derechos de registro y renovación establecimientos de comercio, sucursales y agencias. Jurisdicción Activos empresa matriz Misma Diferente Desde en UVB Hasta en UVB Tarifa Tarifa 0 Más de 6.500 Más de 25.000 Más de 65.000 Más de 650.000 Más de 2.000.000 Mas de 10.000.000 6500 25.000 65.000 650.000 2.000.000 10.000.000 En adelante 4 UVB 10 UVB 16 UVB 22 UVB 18 UVB 34 UVB 40 UVB 8 UVB 20 UVB 32 UVB 44 UVB 56 UVB 68 UVB 80 UVB
Decreto 45 de 2024 →Vigente
Artículo 2
Modificación Del Artículo 2
Decreto 45 de 2024 · por el cual se modifican los artículos 2.2.2.46.1.1., 2.2.2.46.1.2, 2.2.2.46.1.3., 2.2.2.46.1.4., 2.2.2.46.1.5. y 2.2.2.46.1.6. y se adiciona el artículo 2.2.2.46.1.12, en la Sección 1 del Capítulo 46, del Título 2, de la Parte 2, del Libro 2 del Decreto número 1074 de 2015, sobre tarifas de derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.