°. Los Comisionistas de Bolsa constituidos como Sociedades Colectivas tendrán por objeto social exclusivo el desarrollo del contrato de comisión para la compra y venta de valores inscritos en Bolsa. Los que se constituyan como Sociedades Anónimas podrán, además, realizar las siguientes actividades previa autorización de la Superintendencia Bancaria y sujetas a las restricciones que indique la Comisión Nacional de Valores
Negociar por cuenta propia valores inscritos en Bolsa con el objeto de dar liquidez al mercado.
Otorgar préstamos con sus propios recursos para financiar la adquisición de los valores inscritos en Bolsa.
Administrar valores de sus comitentes con la finalidad exclusiva de efectuar los correspondientes cobros de rendimientos.
Constituir y administrar Fondos de Valores.
Los Fondos de Valores autorizados en el presente artículo no tendrán personería jurídica