El Director o los profesores podrán aplicar las sanciones establecidas en los cuatro primeros puntos, siendo del resorte del Consejo Directivo la aplicación de los dos últimos.
Decreto 1795 de 1937 →Vigente
Artículo 18
El Director O Los Profesores Podrán Aplicar Las Sanciones Establecidas En Los Cuatro Primeros Puntos, Siendo Del Resorte Del Consejo Directivo La Aplicación De Los Dos Últimos
Decreto 1795 de 1937 · Por el cual se aprueba el número 166 de 1937, del Intendente Nacional del Meta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.