Micelio

Artículo 5

Aportes

Decreto 660 de 2021 · por el cual se reglamentan las alianzas estratégicas prioritarias de las que trata el artículo 2° de la Ley 2064 de 2020 con personas jurídicas de derecho privado o personas jurídicas con participación pública que se rijan por el derecho privado, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aportes . Las alianzas estratégicas prioritarias determinarán que, además de los costos asociados a las vacunas contra el Covid-19 a ser adquiridas por el Gobierno Nacional, a través de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres - Fondo Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres - Subcuenta para la Mitigación de Emergencias - Covid 19, en desarrollo de lo dispuesto en este decreto, deberá realizarse un aporte adicional que tendrá por propósito el cubrimiento de las obligaciones derivadas de los contratos de adquisición de vacunas y las contingencias de que trata el artículo 5° de la Ley 2064 de 2020.

Parágrafo

El valor del aporte será acordado entre las partes

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 660 de 2021