Micelio

Artículo 1

El Jefe De La Sección Cuarta Del Ministerio De Industrias, Bajo Cuya Custodia Inmediata Están Los Bonos, Certificados Y Demás Valores Depositados En Cambió De Tierras Baldías Solicitadas En Adjudicación, Debe Someterse, Como Empleado De Manejo, A Las Disposiciones De La Ley 42 De 1923

Decreto 895 de 1924 · Por el cual se reorganiza la Sección cuarta del Ministerio de Industrias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Jefe de la Sección cuarta del Ministerio de Industrias, bajo cuya custodia inmediata están los bonos, certificados y demás valores depositados en cambió de tierras baldías solicitadas en adjudicación, debe someterse, como empleado de manejo, a las disposiciones de la Ley 42 de 1923.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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