Micelio

Artículo 1

º

Decreto 479 de 1995 · Por el cual se conforma el Comité de Seguimiento para el Plan de Acción del Departamento del Chocó.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Comité de Seguimiento del Plan de Acción para el Departamento del Chocó estará conformado así

a)

Doctor Franklin Orlando Mosquera Montoya, en su condición de Gobernador del Chocó, o su delegado, el Jefe de Planeación Departamental;

b)

Doctor Jesús Alberto Mosquera Perea, en su condición de Alcalde de Quibdó, o su delegado, el Jefe de Planeación Municipal;

c)

Doctor Jesús Aníbal Caicedo Leudo, Director Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Quibdó, en representación del sector privado del departamento;

d)

Doctor Ignacio Pombo Villar, Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República, o su delegado personal;

e)

Doctor Manuel Salazar Ferro, en representación del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado, doctor Néstor Eugenio Ramírez, Director del Plan Pacífico de la misma entidad;

f)

Doctor Carlos Alberto Aguirre Acevedo, en representación del Consejo Regional de Planificación Económica y Social de Occidente, Corpes de Occidente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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