Micelio

Artículo 1

º

Decreto 479 de 1995 · Por el cual se conforma el Comité de Seguimiento para el Plan de Acción del Departamento del Chocó.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Comité de Seguimiento del Plan de Acción para el Departamento del Chocó estará conformado así

a)

Doctor Franklin Orlando Mosquera Montoya, en su condición de Gobernador del Chocó, o su delegado, el Jefe de Planeación Departamental;

b)

Doctor Jesús Alberto Mosquera Perea, en su condición de Alcalde de Quibdó, o su delegado, el Jefe de Planeación Municipal;

c)

Doctor Jesús Aníbal Caicedo Leudo, Director Ejecutivo de la Cámara de Comercio de Quibdó, en representación del sector privado del departamento;

d)

Doctor Ignacio Pombo Villar, Secretario del Consejo de Ministros, en representación del Presidente de la República, o su delegado personal;

e)

Doctor Manuel Salazar Ferro, en representación del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado, doctor Néstor Eugenio Ramírez, Director del Plan Pacífico de la misma entidad;

f)

Doctor Carlos Alberto Aguirre Acevedo, en representación del Consejo Regional de Planificación Económica y Social de Occidente, Corpes de Occidente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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