Micelio

Artículo 31

Decreto 1666 de 1966 · por el cual se crea la Dirección Nacional del Empleo y Recursos Humanos, y se fijan sus funciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo treinta y uno. Todos los empleadores tienen la obligación de diligenciar las encuestas solicitadas por la Dirección Nacional del Empleo y Recursos Humanos y proporcionar las informaciones que les sean solicitadas. La Dirección Nacional del Empleo y Recursos Humanos, mantendrá reserva sobre los datos obtenidos en las informaciones que puedan considerarse como propios del proceso de producción o de las técnicas empleadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1666 de 1966