Micelio

Artículo 2.2.4.2.2.3.2.3.2

Asuntos Que Se Deben Someter A Concertación Con La Corporación Autónoma Regional

Decreto 1077 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asuntos que se deben someter a concertación con la Corporación Autónoma Regional. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Ley 1469 de 2011 la propuesta de ajuste especial del plan de ordenamiento territorial se presentará para concertación con la Corporación Autónoma Regional correspondiente cuando se requieran hacer modificaciones relacionadas con, entre otros, los siguientes asuntos:

1.

Delimitación y reglamentación de los suelos y áreas de protección y conservación de recursos naturales.

2.

Delimitación y reglamentación de las áreas de amenazas y riesgos.

(Decreto 1310 de 2012, artículo 21).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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