Micelio

Artículo 5

Las Autorizaciones Para Funcionamiento De Estaciones De Radioaficionados Podrán Ser Expedidas A Favor De: A)

Decreto 1410 de 1975 · Por el cual se reglamenta el artículo 18 del Decreto-ley 3418 de 1954 sobre las estaciones se radioficionados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las autorizaciones para funcionamiento de estaciones de radioaficionados podrán ser expedidas a favor de: a). Personas naturales con licencia de operadores radioaficionados b). Personas jurídicas sin ánimo de lucro que tengan como una de sus finalidades la investigación en el campo de las telecomunicaciones c). Las fuerzas Armadas d). La Cruz Roja

Parágrafo

En el caso de los ordinales b), c) y d) del presente artículo, la entidad solicitante deberá solicitar previamente al Ministerio de Comunicaciones, que cuenta con personas licenciadas por el mismo Ministerio para operar la estación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1410 de 1975