Micelio

Artículo 60

Las Multas De Que Iratan Los Artículos Precedentes, Las Impondrá El Respectivo Ministerio, Previa Comprobación Breve Y Sumaria De Los Hechos

Decreto 66 de 1934 · Por el cual se reglamenta la aviación civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las multas de que Iratan los artículos precedentes, las impondrá el respectivo Ministerio, previa comprobación breve y sumaria de los hechos. El valor de estas multas ingresará al Tesoro Nacional. CAPITULO X Comisión Técnica de Aviación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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