°. A partir de la fecha de publicación del presente decreto, la remuneración mensual del Gerente del Fondo Adaptación será de quince millones ochocientos sesenta y tres mil ciento sesenta y cinco pesos ($15.863.165) moneda corriente. Igualmente tendrá derecho a la Prima Técnica, en los mismos términos y condiciones, a que se refiere el Decreto 1624 de 1991 y demás normas que lo modifiquen o adicionen. El Gerente del Fondo Adaptación, podrá optar por la prima técnica por estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada, en los términos y condiciones señalados en los Decretos 2164 de 1991, 1336 de 2003, 2177 de 2006 y demás disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan. En lo no previsto en el presente decreto, el régimen salarial y prestacional aplicable al Gerente del Fondo Adaptación, será el establecido para los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional.
Decreto 2512 de 2011 →Vigente
Artículo 2
A Partir De La Fecha De Publicación Del Presente Decreto, La Remuneración Mensual Del Gerente Del Fondo Adaptación Será De Quince Millones Ochocientos Sesenta Y Tres Mil Ciento Sesenta Y Cinco Pesos ($15
Decreto 2512 de 2011 · por el cual se crea el cargo de Gerente del Fondo Adaptación y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.