Micelio

Artículo 11

Decreto 2026 de 1983 · Por el cual se reglamenta parcialmente, la Ley 20 de 1979, el Decreto 3803 de 1982, la Ley 09 de 1983 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La retención por concepto de comisiones y rendimientos financieros, que las personas jurídicas y sociedades de hecho hagan a establecimiento de crédito sometidos a control y vigencia de la superintendencia Bancaria, no se regirá por lo previsto en este Decreto, salvo, en los casos indicados a continuación, en los cuales se aplicarán los porcentajes de retención en la fuente establecidos en el presente Decreto

1.

Interés descuento y demás rendimientos financieros que provengan de títulos emitidos masivamente por entidades de derechos públicos y por sociedades de economía mixta.

2.

Interese, descuentos y demás rendimientos provenientes de títulos emitidos masivamente por personas jurídicas y sociedades de hecho de carácter privado diferentes a establecimientos de crédito sometidos a control y vigilancia de la Superintendecia Bancaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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