Micelio

Artículo 2

Desde El Primero (1°) De Abril Del Año En Curso, Queda Suprimida 1a Zona Agropecuaria De Cundinamarca

Decreto 1078 de 1954 · Por el cual se fijan los cargos y las asignaciones de algunas dependencias del Ministerio de Agricultura y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde el primero (1°) de abril del año en curso, queda suprimida 1a Zona Agropecuaria de Cundinamarca.

Parágrafo

Los Servicios Agropecuarios que de esta fecha en adelante se presten en el Departamento de Cundinamarca, serán atendidos por el personal de las respectivas dependencias de la Oficina Central del Ministerio de Agricultura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1078 de 1954