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Artículo 1

Apruébase En Todas Sus Partes El Decreto Número 452 De 13 De Junio Del Presente Año, Expedido Por La Gobernación De Caldas, Que A La Letra Dice: "decreto Numero 452 De 1954 (Junio 13) Por El Cual Se Crea La Secretaría Del Trabajo Y Asuntos Sociales, Y Se Dictan Otras Disposiciones

Decreto 2103 de 1954 · Por el cual se aprueba el Decreto número 452 de 13 de junio del presente año, expedido por la Gobernación del Departamento de Caldas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Apruébase en todas sus partes el Decreto número 452 de 13 de junio del presente año, expedido por la Gobernación de Caldas, que a la letra dice: "DECRETO NUMERO 452 DE 1954 (JUNIO 13) por el cual se crea la Secretaría del Trabajo y Asuntos Sociales, y se dictan otras disposiciones. El Gobernador del Departamento de Caldas, en uso de sus atribuciones legales, y de las especiales de que está investido, y CONSIDERANDO

a)

Que varias dependencias de la Gobernación vienen atendiendo y resolviendo reclamaciones originarias en contratos de trabajos, violación presuntiva de los mismos, pago de prestaciones a los obreros, lo mismo que reconocimiento y pago de cesantías para empleados oficiales, decisión sobre recursos administrativos contra providencias expedidas por el Gobierno;

b)

Que es necesario centralizar en un solo despacho todas las funciones que se relacionan con las reclamaciones administrativas originadas en relaciones de trabajos y contratos de trabajo lo mismo que aquéllas referentes al reconocimiento y pago de las prestaciones sociales;

c)

Que asimismo es necesario la creación de una dependencia encargada de dar orientaciones sobre bienestar social en el Departamento y de elaborar estudios y planos encaminados a que las relaciones entre Ja administración departamental y la de los Municipios con sus empleados y obreros estén ceñidas en todo momento a las disposiciones legales y reglamentarias;

d)

Que el Decreto legislativo número 1627 de 10 de junio de 1952, faculta a los Gobernadores para crear cargos públicos, para fusionar los mismos y para señalarles funciones, con el fin de conservar la normalidad administrativa en el territorio de su jurisdicción, para lo cual podrán expedir medidas que serán consultadas con el Gooierno Nacional;

e)

Que con la creación de la Secretaría del Trabajo y Asuntos Sociales del Departamento, en nada se afecta el presupuesto de la actual vigencia por cuanto no -se crearán nuevas asignaciones sino que se efectuará simplemente una reorganización a efecto de centralizar las actividades a que se refiere la parte motiva del presente Decreto, DECRETA:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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