° Apruébase en todas sus partes el Decreto número 452 de 13 de junio del presente año, expedido por la Gobernación de Caldas, que a la letra dice: "DECRETO NUMERO 452 DE 1954 (JUNIO 13) por el cual se crea la Secretaría del Trabajo y Asuntos Sociales, y se dictan otras disposiciones. El Gobernador del Departamento de Caldas, en uso de sus atribuciones legales, y de las especiales de que está investido, y CONSIDERANDO
Que varias dependencias de la Gobernación vienen atendiendo y resolviendo reclamaciones originarias en contratos de trabajos, violación presuntiva de los mismos, pago de prestaciones a los obreros, lo mismo que reconocimiento y pago de cesantías para empleados oficiales, decisión sobre recursos administrativos contra providencias expedidas por el Gobierno;
Que es necesario centralizar en un solo despacho todas las funciones que se relacionan con las reclamaciones administrativas originadas en relaciones de trabajos y contratos de trabajo lo mismo que aquéllas referentes al reconocimiento y pago de las prestaciones sociales;
Que asimismo es necesario la creación de una dependencia encargada de dar orientaciones sobre bienestar social en el Departamento y de elaborar estudios y planos encaminados a que las relaciones entre Ja administración departamental y la de los Municipios con sus empleados y obreros estén ceñidas en todo momento a las disposiciones legales y reglamentarias;
Que el Decreto legislativo número 1627 de 10 de junio de 1952, faculta a los Gobernadores para crear cargos públicos, para fusionar los mismos y para señalarles funciones, con el fin de conservar la normalidad administrativa en el territorio de su jurisdicción, para lo cual podrán expedir medidas que serán consultadas con el Gooierno Nacional;
Que con la creación de la Secretaría del Trabajo y Asuntos Sociales del Departamento, en nada se afecta el presupuesto de la actual vigencia por cuanto no -se crearán nuevas asignaciones sino que se efectuará simplemente una reorganización a efecto de centralizar las actividades a que se refiere la parte motiva del presente Decreto, DECRETA: