º. El artículo 62 del Decreto 354 de 1994, quedará así: Artículo 62. Clasificación en lista tres (3) . Son clasificados en lista número tres (3), los oficiales, suboficiales, miembros del nivel ejecutivo, agentes y personal no uniformado que obtenga tres (3) o más indicadores evaluados con "D" (deficiente). No obstante lo anterior, quienes sean calificados con "D" (deficiente) en los indicadores de moral y desempeño en el cargo, serán clasificados en lista número tres (3).
Decreto 572 de 1995 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 572 de 1995 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 354 del 11 de febrero de 1994, Reglamento de Evaluación y Clasificación para el personal de la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.