Los resultados de la muestra analizada deberán ser incluidas en el RNDCHP. Los gastos en que incurran por concepto de confirmación de la compatibilidad entre posibles donantes y el receptor, formarán parte de los gastos propios del trasplante y serán imputables al sistema de salud del receptor, de acuerdo con las normas legales y reglamentarias del Sistema General de Seguridad Social en Salud .
El Ministerio de Salud y Protección Social, en el término de un año) contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, reglamentará los protocolos y manuales de buenas prácticas para los procedimientos que sea pertinent e.
El INS propenderá para que las bases de datos de los registros existentes en el país estén intercomunicadas, para permitir que, al iniciarse una búsqueda en un registro, se tenga acceso a todos los posibles donantes registrados en el país .
Los costos de la tipificación inicial deberán ser asumidos por los registros en los que se inscriba el donante.