Amplíase, Por Un Período De Un (1) Mes Contado A Partir Del Vencimiento Del Plazo Inicialmente Fijado, El Término Establecido En Los Artículos 9° Y 10 Del Decreto 2829 Del 25 De Noviembre De 1997 A Efectos De Que Ecopetrol Y Ecogas Celebren Los Convenios Interadministrativos Mediante Los Cuales Ambas Entidades Regularán Las Relaciones Derivadas Del Proceso De Escisión, Y Para Que Acuerden El Esquema De Los Pagos Que Ecogas Deberá Efectuar A Ecopetrol En Los Términos Del Parágrafo Del Artículo 8° De La Ley 401 De 1997
Decreto 205 de 1998 · por el cual se amplían los plazos establecidos en los artículos 9° y 10 del Decreto Reglamentario número 2829 de 1997.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Amplíase, por un período de un (1) mes contado a partir del vencimiento del plazo inicialmente fijado, el término establecido en los artículos 9° y 10 del Decreto 2829 del 25 de noviembre de 1997 a efectos de que Ecopetrol y Ecogas celebren los convenios interadministrativos mediante los cuales ambas entidades regularán las relaciones derivadas del proceso de escisión, y para que acuerden el esquema de los pagos que Ecogas deberá efectuar a Ecopetrol en los términos del
Parágrafo
del artículo 8° de la Ley 401 de 1997.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.