º . Establécese para los funcionarios Diplomáticos, Consulares y Administrativos del servicio exterior de la República de Colombia, en los países a que se refiere el artículo 6º del presente Decreto, un Subsidio hasta por un máximo de 3 dependientes, equivalente al 4% de la asignación básica mensual, por cada dependiente. Se entiende por dependiente a la esposa(o) o compañera(o) permanente o hijos del funcionario menores de 25 años y que dependan económicamente de él.
Decreto 3547 de 2003 →Vigente
Artículo 7
Decreto 3547 de 2003 · por el cual se fijan las asignaciones básicas mensuales, la prima de costo de vida, el subsidio por dependientes, los gastos de representación y se dictan otras disposiciones en materia salarial para los funcionarios diplomáticos, consulares y administrativos del servicio exterior de la República de Colombia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.