Micelio

Artículo 8

Son Funciones Del Secretario Del Departamento De Asuntos Campesinos: A) Manejar El Registro Y Verificar El Reparto De Los Asuntos Que Sean De Procedencia Del Departamento; B) Llevar El Control De Los Útiles Y Demás Elementos Destinados A La Oficina, Según Inventario C) Reunir Los Elementos De Juicio E Información Que Le Exija El Jefe; D) Hacer Las Notificaciones De Las Providencias Que Se Dicten Y Disponer Las Citaciones A Que Hubiere Lugar; E) Diligenciar Las Solicitudes Que Dirijan Los Jueces, Tribunales O Entidades Públicas O Privadas, Y F) Organizar La Biblioteca Y Archivo Del Departamento Y Ejercer Todas Las Demás Funciones Inherentes A La Buena Marcha De La Oficina

Decreto 212 de 1953 · Por el cual se reglamenta el artículos 1º del Decreto número 2417- Bis de 1952

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones del Secretario del Departamento de Asuntos Campesinos

a)

Manejar el registro y verificar el reparto de los asuntos que sean de procedencia del Departamento;

b)

Llevar el control de los útiles y demás elementos destinados a la oficina, según inventario

c)

Reunir los elementos de juicio e información que le exija el Jefe;

d)

Hacer las notificaciones de las providencias que se dicten y disponer las citaciones a que hubiere lugar;

e)

Diligenciar las solicitudes que dirijan los Jueces, Tribunales o entidades públicas o privadas, y

f)

Organizar la biblioteca y archivo del Departamento y ejercer todas las demás funciones inherentes a la buena marcha de la oficina.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 212 de 1953