Micelio

Artículo 17

Decreto 309 de 2017 · por el cual se modifica la estructura de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Vicepresidencia de Beneficios Económicos Periódicos . Son funciones de la Vicepresidencia de Beneficios Económicos Periódicos, las siguientes

1.

Formular, dirigir y aprobar las políticas y procesos para operar el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

2.

Formular, dirigir y aprobar las políticas y procesos para la administración de las cuentas individuales de las personas vinculadas al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

3.

Establecer, en coordinación con la Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, las estrategias de manejo, fidelización y ampliación de cobertura del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

4.

Formular políticas que generen una cultura de ahorro de los vinculados al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

5.

Establecer, en coordinación con la Vicepresidencia Comercial y de Servicio al Ciudadano, los protocolos para la prestación del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

6.

Definir los instrumentos para el seguimiento y evaluación de los terceros que realizan actividades relacionadas con la prestación del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos.

7.

Formular, dirigir y aprobar las estrategias para la participación de aliados y patrocinadores en la prestación del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos y hacer seguimiento a su ejecución.

8.

Establecer los lineamientos para el otorgamiento y entrega de los incentivos del Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

9.

Dirigir la administración y seguimiento de las redes que operan el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

10.

Resolver, en segunda instancia, los recursos que se interpongan contra los actos administrativos relacionados con el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

11.

Reportar, en coordinación con la Vicepresidencia de Planeación y Tecnologías de información, al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Ministerio del Trabajo – Fondo de Riesgos Laborales, la información requerida para la provisión, financiamiento y pago de los subsidios asociados a los Beneficios Económicos Periódicos en cada vigencia fiscal.

12.

Gestionar, en coordinación con las dependencias competentes, la obtención de los recursos ante el Gobierno nacional para financiar la administración y operación del programa de Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

13.

Establecer y ejecutar, en coordinación con las dependencias competentes, las directrices para la emisión y redención de títulos BEPS.

14.

Representar judicial y extrajudicialmente a Colpensiones en los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los que sea parte, relacionados con el Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos y conferir los respectivos poderes, cuando así lo estime conveniente.

15.

Hacer seguimiento a los procesos judiciales relacionados con BEPS, de conformidad con los lineamientos fijados por la Oficina Asesora de Asuntos Legales.

16.

Participar en la definición de los procesos de Colpensiones, en la gestión de los riesgos y la generación de acuerdos de niveles de servicio cuando así se requiera.

17.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional.

18.

Apoyar la formulación de los planes estratégicos y operativos de Colpensiones.

19.

Las demás inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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