Micelio

Artículo 36

Ley 103 de 1923 · Sobre Organización Judicial y Procedimiento Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Corte Suprema, en Sala Plena, tiene también las siguientes atribuciones:

1ºDecidir definitivamente sobre la exequibilidad de los actos legislativos objetados por el Gobierno como inconstitucionales, o sobre la de las leyes o decretos acusados ante ella por cualquier ciudadano, previa audiencia del Procurador General de la Nación;

2ºLlamar al funcionario que deba reemplazar al encargado del Poder Ejecutivo, en los casos previstos por la Constitución;

3ºDar posesión al Presidente de la República cuando el Congreso no esté reunido;

4ºDar posesión a los Designados, a los Ministros del despacho y a los Gobernadores respectivos cuando, conforme a la Constitución y en receso del Congreso, deban entrar a ejercer el Poder Ejecutivo;

5ºFormar el reglamento para el régimen interior de la Corte y arreglo de la Secretaría;

6º Nombrar los Magistrados de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial y sus suplentes, de ternas que le presenten las respectivas Asambleas Departamentales; y

7ºNombrar los Conjueces de la Corte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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