Micelio

Artículo 100

La Suspensión Del Cargo Sin Derecho A Remuneración Hasta Por El Término De Tres Meses Podrá Imponerse Frente A Faltas Graves O A Reincidencia En Las Leves, Puede Aparejar La Exclusión De La Carrera En La Primera Vez Y Necesariamente La Producirá Al Repetirse Dicha Sanción

Decreto 250 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto de la Carrera Judicial y del Ministerio Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La suspensión del cargo sin derecho a remuneración hasta por el término de tres meses podrá imponerse frente a faltas graves o a reincidencia en las leves, puede aparejar la exclusión de la Carrera en la primera vez y necesariamente la producirá al repetirse dicha sanción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 250 de 1970