Artículo Único. Autorizase a los Gobernadores de los Departamentos para que en receso de las Asambleas departamentales y mientras éstas se reúnen, fijen en oro los respectivos Presupuestos de Rentas y gastos. Comuníquese y Publíquese.
Decreto 24 de 1904 →Vigente
Artículo 1
Decreto 24 de 1904 · Por el cual se da una autorización a los Gobernadores de los Departamentos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.