R ecepción de bienes previo a la imposición de medida cautelar. De manera excepcional, la Unidad Administrativa Especial para la Atención y la Reparación Integral a las Víctimas -Fondo para la Reparación de las Víctimas- recibirá los bienes antes de la audiencia de imposición de medidas cautelares, cuando deban ser administrados de manera inmediata para evitar su deterioro, para lo cual dispondrá mínimo de diez (10) días hábiles para ejecutar la recepción material del bien. Para la entrega urgente de bienes, la Fiscalía General de la Nación debe haber presentado solicitud de audiencia para la imposición de medida cautelar ante el magistrado con funciones de control de garantías.
Decreto 3011 de 2013 →Vigente
Artículo 55
R Ecepción De Bienes Previo A La Imposición De Medida Cautelar
Decreto 3011 de 2013 · por el cual se reglamentan las Leyes 975 de 2005, 1448 de 2011 y 1592 de 2012.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.