El artículo 152, numeral 1, ordinal c) del Decreto 444 de 1967, quedará así: "c) A la construcción de refinerías, oleoductos y gasoductos, al pago de gastos de operación de oleoductos y gasoductos de uso público, y al transporte fluvial y terrestre del petróleo,
Decreto 688 de 1967 →Vigente
Artículo 27
Decreto 688 de 1967 · Por el cual se modifican algunas disposiciones del Decreto 444 de 1967 sobre régimen de cambios internacionales y de comercio exterior, y se dictan otras medidas referentes a la misma materia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.