Micelio

Artículo 1

Ley 105 de 1938 · por la cual se provee a la defensa de la ciudad de Pamplona y se decreta un auxilio por causa de calamidad pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación contribuirá con la suma de ochenta mil pesos ($ 80,000.00) para las obras de defensa de la ciudad de Pamplona contra las avenidas del río Pamplonita y para la canalización de éste.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 105 de 1938