Micelio

Artículo 6

Ley 4 de 1962 · por la cual se determina la nomenclatura y escala de suelos del personal subalterno de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público, del Contencioso Administrativo y de los organismos auxiliares, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Toda persona que ingrese a prestar servicios en los cargos a que se refiere el articulo 1 de esta ley, tendrán derecho como remuneración por su trabajo al sueldo determinado en el paso a del respectivo grado de remuneración aumentos anuales, de conformidad con los artículos 4 y 5 de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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