Micelio

Artículo 48

Constituyen Faltas Disciplinarias: A) El Incumplimiento De Los Deberes Y La Violación De Las Prohibiciones Que Se Mencionan En El Capítulo Anterior

Decreto 1549 de 1971 · Por al cual se aprueba la Resolución número 192 de 1971 sobre estatuto de Personal Administrativo, originaria de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Constituyen faltas disciplinarias

a)

El incumplimiento de los deberes y la violación de las prohibiciones que se mencionan en el Capítulo anterior.

b)

El incumplimiento de los deberes u obligaciones que impongan los reglamentos, manuales de funciones y las instrucciones propias de la Universidad.

c)

Las actividades incompatibles con el decoro del cargo o con su desempeño., o con el respeto debido a la administración pública.

d)

Las conductas públicas, y privadas contrarias a la condición de empleado público, y

e)

Las demás contenidas en las leyes, decretos y reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1549 de 1971