Micelio

Artículo 231

Decreto 100 de 1989 · por el cual se reforma el régimen disciplinario para la Policía Nacional, aprobado y adoptado por el Decreto número 1835 de 1979.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

PORTE DEL UNIFORME POR PERSONAL RETIRADO. El personal en uso de retiro, que de conformidad con el reglamento respectivo fuere autorizado para vestir el uniforme y cometiere alguna de las faltas disciplinarias de las reguladas en este Reglamento, será sancionado según la gravedad de la misma, por el superior que dio la autorización con uno de los siguientes correctivos

a)

Prohibición temporal o absoluta para el uso del uniforme;

b)

Prohibición de concurrir a clubes, casinos y sitios de recreación de la institución en forma temporal o absoluta, debiendo especificarse el alcance de la sanción;

c)

Prohibición temporal o absoluta para desempeñar la función de vocero autorizada en este reglamento para las investigaciones por faltas constitutivas de mala conducta;

d)

Perdida de nombramientos honoríficos, distinciones y demás estímulos que le hubieren sido otorgados por la institución después de su retiro del servicio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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